Información de la Inspección Técnica de Vehículos

El sábado se publicaron en el BOE,  la Orden SND/413/2020, de 15 de mayo, por la que se establecen medidas especiales para la inspección técnica de vehículos y la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

En la primera se amplía la prórroga inicial de los 30 posteriores a la finalización del estado de alarma  de la validez del certificado de inspección técnica periódica de los vehículos, conforme a lo dispuesto en el siguiente cuadro:

Fecha de inspección inicial  Periodo de prórroga (días naturales)
Semana 1: 14 a 20 de marzo. 30 días más 15 días adicionales.
Semana 2: 21 a 27 de marzo. 30 días más 2 periodos de 15 días.
Semana 3: 28 de marzo a 3 de abril. 30 días más 3 periodos de 15 días.
Semana n. 30 días más n periodos de 15 días.

En la segunda, se habilita a los centros de ITV para proceder a su reapertura al público, incluso si están situados en Fase 0 (como es el caso de la provincia de Valladolid), mediante la utilización de la cita previa. También se autoriza a los concesionarios de automoción, sea cual fuere su superficie útil de exposición y venta.

Cumplimentación de las tarjetas ITV y certificados de inspección técnica. Una vez realizadas las inspecciones técnicas periódicas de los vehículos cuyos certificados hayan sido objeto de prórroga automática, se tomará como referencia la fecha de validez que conste en la tarjeta ITV y no computará, en ningún caso, la prórroga de los certificados concedida como consecuencia de la declaración del estado de alarma y de sus sucesivas prórrogas.

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